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Casi un millón de euros procedentes de fallecimientos sin herederos se destinan a entidades sociales

Los abintestatos son las herencias de personas que han fallecido sin dejar testamento
Los abintestatos son las herencias de personas que han fallecido sin dejar testamento
Los abintestatos son las herencias de personas que han fallecido sin dejar testamento ni herederos

Redacción. / El Gobierno de Aragón distribuirá dentro de un mes 996.679,02 euros entre las entidades sociales aragonesas para que desarrollen proyectos benéficos en la Comunidad. Un reparto de fondos procedentes de las herencias de abintestatos, esto es, de las personas que fallecen sin dejar testamento y sin herederos hasta en cuarto grado de consanguinidad. En este caso, son 25 expedientes de herencias que han sido liquidadas en los últimos años, y que suman la cuantía más elevada de los diez repartos que se han realizado desde el año 2001.

Tal y como establece la legislación aragonesa, la Comunidad Autónoma gestiona los bienes de estas herencias, cuyo destino último son los colectivos más necesitados de Aragón, a través de las entidades sociales que tienen un mes de plazo a partir de hoy para presentar sus proyectos benéficos, tal y como publica hoy el Boletín Oficial de Aragón. Transcurrido este plazo, y tras evaluar las propuestas, la Junta Distribuidora de Herencias, que preside el consejero de Hacienda y Administración Pública Javier Campoy, se reunirá el próximo 15 de abril para proceder a la adjudicación de los fondos.

Desbloqueados casi 329.000 euros gracias al cambio de normativa. Este reparto es el primero que se realiza desde la entrada en vigor de la reciente modificación normativa efectuada por el Gobierno de Aragón para agilizar la distribución de las herencias y mejorar la eficacia administrativa. El cambio permite repartir el capital de la herencia sin esperar a la liquidación completa del patrimonio. Hasta ahora, para transferir una herencia a las entidades sociales, era necesario liquidar antes por completo todos los bienes de ese expediente. Como consecuencia, abundaban los casos en los que el reparto de los fondos en metálico quedaba bloqueado a la espera de lograr vender la totalidad los bienes inmuebles en las correspondientes subastas públicas, proceso que puede demorarse en el tiempo.

El nuevo marco normativo mantiene la esencia del anterior, con la obligatoriedad de subastar públicamente todos los bienes y destinar la recaudación a proyectos benéficos, pero abre la posibilidad de adelantar liquidaciones parciales de la herencia que ya se encuentre en metálico. Gracias a ello, se han desbloqueado 329.581,10 euros de siete expedientes que, sumados a otros 18 casos de liquidaciones completas, suman el total de 996.679,02 euros.

Podrán acceder a estos fondos las organizaciones inscritas en el Registro de Entidades y Centros Sociales de Aragón. Además, para determinar el destino de cada herencia tendrán preferencia los proyectos benéficos que se desarrollen en la última localidad de residencia del fallecido, tal y como prevé la legislación autonómica en esta materia. De esta forma, se cumple con el objetivo de que el patrimonio de estas personas sin herederos redunde en un beneficio social para atender las necesidades de los más desfavorecidos, con criterios de proximidad y solidaridad.

Por su derecho foral propio, Aragón es una de las seis Comunidades Autónomas (junto a Cataluña, Navarra, Baleares, Galicia y País Vasco) con capacidad para gestionar estas sucesiones de abintestatos, ya que en el resto de regiones es la Administración General del Estado la que se hace cargo del patrimonio de las personas sin herederos.

Otros 35.729 euros más por la notificación de las herencias. Además, el Gobierno de Aragón transferirá otros 35.729,96 euros a los establecimientos benéficos que han notificado la existencia de las herencias intestadas en cuatro de estos expedientes, en cumplimiento del Decreto 185/2014, que en su artículo 22 reconoce el derecho a percibir, de forma directa, el diez por ciento del caudal liquidado. Este derecho únicamente corresponde a las entidades sociales que cumplan con los requisitos, y en ningún caso a personas físicas u otras organizaciones que hayan colaborado en la notificación de una herencia intestada.

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