Redacción./ Las Cortes de Aragón han aprobado por unanimidad la nueva Ley de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón, impulsada por el Consejero de Industria e Innovación, D. Arturo Aliaga López, tras un proceso de diálogo con las Cámaras aragonesas, donde se ha recogido el compromiso y colaboración del Gobierno Aragonés y de todos los grupos que componen las Cortes aragonesas.
Se introduce como novedad se integra en el texto de la Ley la obligación de que las Cámaras aragonesas elaboren un Código de Buenas Prácticas, perfilándose los aspectos que deberán constatar para garantizar la imparcialidad y la transparencia en el ejercicio de las funciones público-administrativas.
Esta Ley reconoce a las Cámaras una importancia contrastada y consolidada en el apoyo al tejido empresarial aragonés a través de una actuación profesional de todo su personal.
Respecto a las funciones que podrán realizar las Cámaras, se amplía el catálogo previsto en la legislación estatal, incorporando algunas nuevas relativas a la colaboración con la Administración en labores de asesoramiento y atención a emprendedores y PYMES; apoyo a la expansión nacional e internacional de las empresas aragonesas y elaboración, desarrollo, ejecución y seguimiento de los planes camerales autonómicos. Serán los plenos de las Cámaras los que supervisen las actividades privadas que desarrollen estas entidades. Los planes camerales autonómicos son una hoja de ruta con una detallada descripción de las actividades previstas, valoradas económicamente.
La Ley de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón también desarrolla con detalle la organización de las mismas, donde se recogen la composición y atribuciones de los principales órganos de gobierno: el Pleno, el Comité Ejecutivo, el Presidente, así como la figura de los Vicepresidentes y del Secretario General o Secretaría General y del Tesorero. Zaragoza contará con 40 vocales, Huesca con 30 y Teruel con 20.
Se incorporan requerimientos de transparencia, en la línea de lo establecido en la Ley Básica del Estado y en el proyecto de Ley de Transparencia de Aragón y determinando que las Cámaras mantendrán una contabilidad diferenciada en relación con sus actividades públicas y privadas, sin perjuicio de la unicidad de sus cuentas anuales.