Celebración de elecciones a Cortes Generales 20 diciembre de 2015

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El voto por correo finaliza el próximo 21 de mayo
Elecciones generales 20D

Información sobre las elecciones a Cortes Generales 2015:

CENSO ELECTORAL

Por R.D. 977/2015, de 26 de octubre de 2015 (BOE nº 257, de 27 de octubre) se han convocado Elecciones a Cortes Generales para el día 20 de diciembre de 2015, al objeto de clarificar el proceso y facilitar la participación ciudadana al máximo se dictan las siguientes;

INSTRUCCIONES PARA LOS SERVICIOS DE CONSULTA.

Según establecen el Art. 39.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2003 de 20 de marzo, BOE 11-3-2003 y Ley Orgánica 2/2011 de 28 de enero, BOE 29-1-2011) y el R.D. 1799/2003 de 26 de diciembre (BOE 27-12-2003).

El censo electoral vigente para las elecciones de 20 de diciembre de 2015 se cerró el 30 de julio de 2015.

Dicho servicio se realizará en los siguientes lugares y horarios:

  1. Juntas Municipales y Juntas Vecinales, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes (excepto festivos).
  2. Oficina de Relaciones con los Ciudadanos, en horario de 9:00 a 14:00 (Seminario y Plaza del Pilar ) y de 16, 15 a 18,45 horas ( Plaza del Pilar), de lunes a viernes (excepto festivos).
  3. Oficina de Estadística y Gestión Padronal, de 9:00 a 14:00 horas (de lunes día 2 al 9 noviembre).

ACLARACIÓN DE DOCUMENTOS A EFECTOS IDENTIFICATIVOS:

ARTICULO 1, PARRAFO 2, DEL REAL DECRETO 1799/2003, DE 26 DE DICIEMBRE (B.O.E. Nº 310 DE 27 DE DICIEMBRE DE 2003), POR EL QUE SE REGULA EL CONTENIDO DE LAS LISTAS ELECTORALES Y LAS COPIAS DEL CENSO ELECTORAL

La identificación de los interesados en la consulta informática de las listas electorales, ante el empleado del ayuntamiento o de la oficina consular o sección consular, se realizará mediante los mismos documentos mencionados en el art. 85 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General: documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de conducir, en el que aparezca la fotografía del titular, o además, tratándose de extranjeros, con la tarjeta de residencia.

Ha de entenderse el carácter restrictivo de la exposición impuesto por las modificaciones a la Ley Electoral introducidas por la citada Ley Orgánica 1/2003 para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales en aras a preservar la confidencialidad de los datos personales y la seguridad de las personas.

COLEGIOS ELECTORALES.

El listado se expondrá en el tablón del Ayuntamiento y se disponen de ejemplares en la Unidad de Estadística. La relación de colegios electorales se publicará BOP de 2 de noviembre.

TELEFONOS DE CONTACTO

Los teléfonos de contacto para cualquier incidente o consulta son:

FIJOS: 976.72.17.77 y 976.72.45.98

Estadística y Gestión de Datos de Población

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