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Inspección de Trabajo visita empresas para controlar fraudes de ERTES

Inspección de Trabajo visita empresas para controlar fraudes de ERTES

Redacción. La Inspección de Trabajo ha comenzado inspecciones, a nivel estatal, para el control de la aplicación de los ERTES y evitar que empresas puedan beneficiarse indebidamente de medidas de suspensión o reducción de la jornada obligando a los trabajadores a seguir prestando servicios en los días o jornada en los que deberían estar cobrando la prestación por desempleo.

ERTES y teletrabajo

Las empresas deben comunicar al Servicio público de empleo los días y jornada de aplicación de los ERTES y las modificaciones que se produzcan, incluidos los supuestos de teletrabajo. La implantación del teletrabajo, que se ha fomentado en las empresas especialmente durante el estado de alarma, equivale al desarrollo normal de la actividad laboral, siendo incompatible con la aplicación de un ERTE.

Visitas a empresas

De hecho, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en colaboración con la Guardia Civil, ha comenzado ya las visitas a algunas empresas. En el día de ayer, 19 de mayo, se visitó una importante empresa industrial de Zaragoza para comprobar si los trabajadores afectados por el ERTE tramitado compatibilizaban de forma indebida las prestaciones por desempleo con el trabajo en las instalaciones del centro o mediante el teletrabajo.

Durante la visita, que se desarrolló durante más de 4 horas, se solicitó información de los responsables de diferentes departamentos sobre la actividad realizada, los métodos de trabajo, horarios por departamentos y el sistema de teletrabajo implantado. Igualmente se recabó diversa documentación laboral y de S. Social.

La visita se preparó y se desarrolló en coordinación con los agentes de la Guardia Civil de Zaragoza especializados en sistemas informáticos, que prestaron apoyo técnico.

La actuación inspectora continuará mediante el análisis y examen conjunto por los funcionarios de ambos cuerpos de la información recabada para comprobar la existencia de posibles irregularidades.

ERTEs COVID-19

La aplicación de los ERTES relacionados con las dificultades derivadas de la Covid-19, que se va a mantener al menos hasta el 30 de junio, conllevan unos beneficios específicos que exigen un control especial por la Inspección, como la obtención de la prestación por desempleo sin exigir periodo de cotización, no consumir periodo a efectos de prestaciones futuras o la aplicación de exoneración de las cuotas de las empresas a la S. Social si se han tramitado por fuerza mayor.

Igualmente, la Inspección de Trabajo está controlando que los datos comunicados por las empresas son correctos, evitando falsedades o incorrecciones en las bases de cotización declaradas para el cobro del desempleo, la existencia de altas fraudulentas una vez iniciado el estado de alarma de personas que no han prestado servicios y posibles empresas simuladas para tramitar prestaciones.

En caso de que una empresa mantenga la actividad de sus trabajadores en los días o periodos por los que cobran la prestación pueden ser sancionadas cometiendo una infracción por cada trabajador afectado, que oscila entre 6.251 y 187.515 euros. Igualmente responderá de forma directa de las prestaciones indebidamente percibidas debiendo ser reintegradas a su costa.

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