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Bares y terrazas en Zaragoza: horarios, aforos, distancias y cómo fumar

Bares y terrazas en Zaragoza: horarios, aforos, distancias y cómo fumar

Pilar Martínez. La vida social de los zaragozanos aún sigue viéndose limitada por las restricciones y medidas sanitarias implementadas por el Gobierno de Aragón para poder frenar los rebrotes de coronavirus

Las reuniones sociales, las cervezas en las terrazas con amigos, y los bailes nocturnos se han visto limitados por las medidas sanitarias. Sin embargo, poco a poco Aragón apuesta por la vuelta a la nueva normalidad tras el descenso de los casos en las últimas semanas. 

Grupos máximos de 10 personas podrán volverse a reunir en las terrazas, que adquieren de nuevo el 100% de su aforo (distancia entre mesas de al menos 1,5 metros). Además, si el tiempo no acompaña, el 75% del aforo interior de los bares y restaurantes vuelve a estar disponible para los vecinos de Zaragoza. Y, también, se vuelven a permitir los cafés rápidos en la barra de los bares, siempre y cuando se respete una distancia mínima entre clientes de 1,5 metros. 

Además, en esta nueva normalidad, a la que se está adaptando la capital, no se puede prescindir de la mascarilla. Su uso será obligatorio tanto en el interior como en el exterior de los locales, siempre y cuando no se esté comiendo o bebiendo. 

A pesar de que las medidas referidas al aforo se han visto modificadas, no ha pasado lo mismo con los horarios de cierre de los bares y restaurantes. Para poder gozar de una consumición, los zaragozanos deben presentarse en el local antes de las 00:00 horas, ya que si no no podrán ser atendidos. Además, la capital deberá cerrar sus locales a la 1:00 de la madrugada. En cuanto al ocio nocturno, sigue prohibida la apertura de las discotecas, salas de baile, bares de copas, peñas y actuaciones en directo. A ello hay que añadir la prohibición del botellón.

Fumar en la vía pública 

Sin embargo, las nuevas medidas afectarán sobre todo a los fumadores, ya que se podrá fumar en la calle y en las terrazas solamente cuando se pueda garantizar una distancia mínima entre las personas fumadoras y el resto de la población de dos metros. Está limitación también es aplicable a cigarrillos electrónicos, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

En caso de incumplir la normativa, las multas ascienden entre los 100 y los 3000 euros, según lo establecido en la Ley de Salud de Aragón. Además, las multas serán para los individuos, no para los locales ni establecimientos, siempre y cuando éstos hayan provisto de las condiciones adecuadas para cumplir la normativa.

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