El despacho ha conseguido dos pronunciamientos, uno frente a UCI y otro frente a BBVA, gracias a los que sus clientes triunfan en su reclamación de los gastos de formalización de hipoteca, así como en la comisión de apertura.
Los juzgados y tribunales de toda España llevan años dando varapalos a las entidades financieras por los constantes abusos con sus clientes, también los de Zaragoza.
Recientemente el despacho Piqueras ha obtenido dos buenas sentencias frente a BBVA y UCI, dos entidades muy conocidas por sus prácticas poco transparentes.
BBVA es la entidad contra la que se dirigió la demanda de nulidad de cláusula suelo que dio origen a la sentencia del Tribunal Supremo, mejorada posteriormente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declaró su nulidad, con la obligación de restituir lo pagado indebidamente a los clientes.
UCI por su parte acumula sentencias por falta de transparencia en el sistema de amortización, por IRPH y por gastos de hipoteca.
COMISIÓN DE APERTURA y GASTOS DE HIPOTECA
Las sentencias que hemos citado se apoyan en la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, concretamente en la de 16 de julio de 2020, que dice que “el hecho de que una comisión de apertura esté incluida en el coste total de un préstamo hipotecario no implica que sea una prestación esencial de éste” y que ésta “puede causar, en detrimento del consumidor, contrariamente a las exigencias de la buena fe, un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato”.
La comisión de apertura, tras el gasto referente al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, suele ser la partida más abultada a la hora de constituir la hipoteca.
La abusividad de esta cláusula proviene de que su cobro no está justificado, dado que el hecho de que la entidad bancaria realice un estudio de la solvencia del cliente no es motivo suficiente para proceder a su cobro.
Menos motivo existe si tenemos en cuenta la comisión se fija mediante un porcentaje sobre el préstamo solicitado, lo que en ningún caso puede considerarse equilibrado, ya que el trabajo realizado por el banco es el mismo independientemente de la cuantía de la hipoteca.
Por lo que se refiere a los gastos de formalización ya es pacífica la jurisprudencia que fija terminantemente que debe abonarlos el banco, pues fueron servicios que le beneficiaron y que cargo de manera indebida al consumidor.
En concreto se pueden recuperar los gastos de notaría al 50 %, Registro de la Propiedad, gestoría y tasación al 100 %, no obstante, el consumidor debe estar atento a la prescripción ya que es uno de los últimos flecos pendientes de este tema, pues se sigue discutiendo si existe plazo o no, y de existir si es de 5 años o 15, y el momento desde el que debe empezar a computarse.
Aunque la reclamación de los gastos ha sufrido varios vaivenes jurisprudenciales a día de hoy podemos decir que el cliente tiene unas posibilidades cercanas al 100% de recuperar lo pagado indebidamente, junto con los intereses devengados desde su abono, siendo una media de 1000 € más intereses, que, junto con la reclamación de la comisión de apertura (1000-1500 € más), hace que reclamar por este tipo de abusos sea bastante interesante y esté al alcance de todos los hipotecados de España.
OTRAS RECLAMACIONES POR CLÁUSULAS ABUSIVAS EN HIPOTECAS
El cliente bancario que se haya visto afectado por la abusividad de la comisión de apertura y la cláusula de gastos puede solicitar, en el mismo procedimiento, la nulidad de otras cláusulas que le hayan perjudicado.
La cláusula de interés mínimo, junto con los acuerdos de novación de entidades como CAI, Ibercaja y Caja Rural, siguen originando conflictos, más tras la confusa jurisprudencia del Supremo en torno al tema, y que, nuevamente, debe ser aclarara por los tribunales de Europa, la solicitud de nulidad puede acumularse a la de otras cláusulas, como las citadas y también la de intereses de demora o posiciones deudoras.
¿CÓMO RECLAMAR LA COMISIÓN DE APERTURA Y LOS GASTOS?
Desde el despacho de abogados Piqueras ofrecen soluciones para reclamar los gastos de hipoteca y la comisión de apertura sin riesgo para el cliente.
Cuentan también con una amplia experiencia en reclamaciones por tarjetas de crédito revolving, siendo sus miembros abogados expertos en usura, muy conocedores, tanto de la normativa, como de la más reciente jurisprudencia sobre la nulidad de este tipo de productos tóxicos, bien por aplicación de intereses abusivos y usurarios, bien por falta de transparencia e información en la comercialización de los mismos.
Si desea iniciar la reclamación no dude en contactar con ellos en los teléfonos 679 113 162 y 976 361 283, en su página web www.abogadopiqueras.es, o en el correo electrónico hola@abogadopiqueras.es.