Redacción. / La Unión de Consumidores de Aragón ha facilitado una serie de consejos para todos aquellos ciudadanos que se hayan visto afectados debido a la crecida del Ebro y las inundaciones que ésta ha provocado.
Afectados que tengan contratados algún seguro. Aquellos afectados que tengan en vigor un seguro deben revisar la póliza de su seguro de hogar, de coche, o de la comunidad de propietarios, tanto las condiciones generales como las condiciones particulares, para conocer si incluye coberturas para los daños sufridos. En cada póliza aparece el plazo de presentación de daños que suele ser de una semana.
Sin embargo, lo habitual es que las pólizas excluyan los riesgos extraordinarios, entre estos riesgos se encuentran las inundaciones. En estos casos, los afectados pueden dar parte al Consorcio de Compensación de Seguros. En la mayoría de los casos este trámite lo hará directamente la compañía de seguros, pero recomendamos confirmar con ellos que efectivamente lo harán. En caso de que la compañía no lo haga habría que contactar con el CCS directamente En Aragón, la sede provincial del CSS: Pza. de Aragón, 4 – 50004 – Zaragoza; Tel.: 976 30 15 00; Fax: 976 30 15 01 ccszaragoza@consorseguros.es
En los daños en vehículos los seguros básicos no contemplan los daños propios por lo que no quedarían cubiertos en este caso, excepto que tengamos algún extra adicional como por ejemplo la rotura de lunas u otros similares. Por lo que conviene consultar con nuestro agente de seguros.
Afectados con daños no cubiertos por seguros privados. Actualmente existen las ‘ayudas para paliar los Daños derivados de Situaciones de Emergencia o de Naturaleza Catastrófica’, de manera adicional, se prevé la posibilidad de aprobar decretos leyes específicos cuando sea preciso adoptar medidas extraordinarias.
El plazo de solicitud de estas ayudas es un mes desde el día siguiente al de la finalización del hecho causante de la situación de emergencia. En la página web de protección civil hay impresos formalizados para solicitar estas ayudas y se informa del procedimiento de solicitud. (http://www.proteccioncivil.org/informacion-practica )
Desde la UCA entienden que estas ayudas son limitadas dada la gravedad de los daños. Se ha anunciado que el viernes, en el Consejo de Ministros, se aprobará un decreto que incremente estas ayudas extraordinarias.
No obstante no es necesario esperar a la publicación del decreto y ya se puede solicitar dichas ayudas. Hay que tener en cuenta que no es posible recibir ayudas sobre riesgos cubiertos por seguros privados y que no todos los daños están contemplados en estas ayudas que suelen estar destinadas a daños esenciales para la vivienda o para cubrir los daños en infraestructuras públicas.
El Gobierno de Aragón ha habilitado la ‘Oficina de Atención a los afectados por la riada del Ebro’, la cual se ha instalado en la sede de la Comarca de la Ribera Alta, en Alagón y está prevista la apertura de una segunda oficina. Ser
á en la sede de la Comarca de la Ribera Baja, en Quinto de Ebro y en la ciudad de Zaragoza. Se pueden comprobar en este enlace. http://aragonhoy.aragon.es/index.php/mod.noticias/mem.detalle/id.161486
Daños producidos como consecuencia de negligencias de la Administración. Existen daños que pueden deberse a negligencias en la actuación de las Administraciones. Un ejemplo evidente son los daños producidos en los vehículos del Deposito Municipal de Zaragoza, aunque pudiera haber otros.
En estos casos inevitablemente nos veremos abocados a un proceso judicial. En algunos casos, y en casi todos los seguros de coches, nuestras pólizas pueden contemplar la defensa jurídica, por lo que conviene consultar con nuestra compañía de seguros.