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El Departamento de Sanidad pone en marcha la instrucción que regula la extensión de la cobertura sanitaria universal

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Podrán acceder al sistema sanitario aragonés las personas que no tengan acceso reconocido por cualquier otra Administración en condición de asegurado o de beneficiario, o que no puedan exportar el derecho a la asistencia sanitaria desde el país de origen.

Redacción:/   El Departamento de Sanidad ya ha trasladado a los centros de Atención Primaria y Especializada la instrucción que regula la extensión de la cobertura sanitaria en Aragón, para su puesta en marcha inmediata. De esta forma se da respuesta a la encomienda que el Consejo de Gobierno hizo a finales de julio para que se regule la extensión de esta asistencia.

El objetivo de esta instrucción es reconocer el acceso universal a la asistencia sanitaria. En concreto, la cobertura reconocida es de la totalidad de la cartera de servicios del Servicio Aragonés de Salud, en igualdad de condiciones de acceso que el resto de asegurados, incluida la prestación farmacéutica ambulatoria.

Podrán acceder al sistema sanitario aragonés las personas que no tengan acceso reconocido por cualquier otra Administración en condición de asegurado o de beneficiario, o que no puedan exportar el derecho a la asistencia sanitaria desde el país de origen, y cuyos ingresos sean inferiores a dos veces y media el IPREM en cómputo anual. Además, deberán ser residentes en Aragón, llevando al menos tres meses empadronados en la Comunidad Autónoma.

Este acceso se reconocerá por doce meses, prorrogables si se mantienen las circunstancias que lo motivaron.

La información sobre el procedimiento a seguir para solicitar el documento temporal acreditativo de acceso a la asistencia sanitaria en Aragón está disponible en saludinforma.es y en los servicios de Atención al Paciente de los centros de salud y hospitales, donde se deberán formalizar las solicitudes.

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