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Los eventos multitudinarios ya no requerirán autorización previa

Concierto : Evento

Redacción. El Departamento de Sanidad ha emitido una orden que se publica hoy miércoles en el Boletín Oficial de Aragón por la que se modula el nivel de alerta sanitaria 1 en el que se encuentra la comunidad de modo que ya no será preciso solicitar autorización previa para los eventos multitudinarios.

Según establece el texto, a partir de hoy mismo en aquellos eventos en los que la participación de asistentes supere las 1.000 personas en interior o las 2.000 personas en el exterior los responsables del evento deberán elaborar un plan de actuación que contenga las medidas de prevención y control contempladas para su desarrollo, ajustándose a los criterios fijados en el documento Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de la nueva normalidad por COVID-19 en España, acordado por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Dicho plan de actuación deberá estar a disposición de los servicios de salud pública y de las autoridades competentes.

La disposición se contempla en la Orden Sanitaria 223/2022, de 8 de marzo, por la que se modifica la Orden SAN/20/2022, de 4 de febrero, de declaración del nivel de alerta sanitaria 1 y de levantamiento y modulación de las restricciones aplicables en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza.

Modifica también la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón, que configuraba tres niveles de alerta, considerados como estadios de gestión de la crisis sanitaria COVID-19 aplicables territorialmente en función de la evolución de los indicadores de riesgo.

Mediante la Orden SAN/20/2022, de 4 de febrero, se procedió a la declaración del nivel de alerta sanitaria 1 y de levantamiento y modulación de las restricciones aplicables en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza, señalándose en su artículo noveno la posibilidad de revisar la exigibilidad de las medidas establecidas en atención a los indicadores fjados para evaluar la evolución de la pandemia, y, en concreto, la decisión en cuanto a la posible prórroga o revisión de la exigibilidad del certificado COVID, cuya vigencia temporal concluía a las 00:00 horas del 8 de marzo de 2022.

2022-03-09 Publicación en el BOA
Publicación en el BOA. 7 Foto: Captura de pantalla tomada del BOA.

La afectación por la enfermedad COVID-19 en Aragón está actualmente en una fase de descenso del séptimo pico epidémico. La incidencia semanal llegó a un máximo de 3.002 casos por 100.000 habitantes en la semana 2 de 2022 (del 10 al 16 de enero), y posteriormente ha ido disminuyendo a 2.466, 1821, 1078, 603, 399 y 284 casos por 100.000 habitantes de la semana 3 a la 8 (desde el 17 de enero al 27 de febrero de 2022). Además, las incidencias diarias en los 7 días anteriores siguen descendiendo, y el 2 de marzo de 2022 es ya de 253 casos por 100.000 habitantes.

Los indicadores de afectación asistencial y de mortalidad, que miden el impacto de la enfermedad grave, también han disminuido en las últimas semanas. Los casos hospitalizados han disminuido hasta 185 el 1 de marzo de 2022 (el máximo fue de 898 el 16 de enero de 2022). Las personas que están en unidades de cuidados intensivos han pasado de un máximo de 78 el 24 de enero de 2022 a 40 el 1 de marzo de 2022. Finalmente, la mortalidad también ha experimentado un descenso, pasando de un máximo de 18,4 fallecidos (media móvil diaria) el 23 de enero a menos de nueve en la actualidad.

Esta situación es similar a la de la mayoría de las comunidades autónomas de España, y aunque todavía hay una tendencia al descenso, la velocidad a la que se produce está disminuyendo.

“No es posible predecir cuál va a ser el nivel de afectación que se produzca de ahora en adelante, pero existe la posibilidad de que haya un nivel de transmisión relativamente más elevado que en otros períodos valle previos, lo cual no impide la revisión de medidas hasta ahora establecidas”, apunta la disposición.

La mejora en el nivel de afectación, que en una parte importante puede estar relacionada con las altas coberturas de vacunación conseguidas en la sociedad, hace que puedan replantearse varias medidas de prevención y control a escala poblacional, como son el régimen de autorización de los eventos multitudinarios o la exigibilidad del certificado COVID, cuyos términos se vienen a adecuar al nuevo escenario de evolución de la pandemia.
*La Orden en el Boletín Oficial de Aragón de hoy: www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI

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